Sobre el título
VI
Gobierno del Condado de Hamilton se compromete a ofrecer igualdad de
oportunidades en todos los programas y servicios para asegurar el cumplimiento
con el Título VI del Acta de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la
discriminación en contra de los participantes o clientes de los programas y / o
servicios del condado sobre la base de raza, color o origen nacional.
El propósito del Título VI del Acta de Derechos Civiles de 1964 es prohibir los
programas que reciben fondos federales de discriminar a los participantes o
clientes sobre la base de raza, color u origen nacional. La intención de la ley
es garantizar que todas las personas, independientemente de su raza, color u
origen nacional, se les permite participar en estos programas financiados por el
gobierno federal.
Para asegurarse de que el condado de Hamilton cumple su responsabilidad de
cumplimiento, los procedimientos se han establecido para proporcionar monitoreo
integral del Título VI actividades de cumplimiento y procesamiento de quejas en
todas las operaciones y programas, directa o indirectamente responsable de
Condado de Hamilton, todos los cuales reciben financiamiento federal o estatal
en el totalidad o en parte.
Prácticas prohibidas incluyen, pero no se limitan a:
- Negar a una persona de cualquier servicio, ayuda financiera u otros beneficios
por razón de raza, color, u origen nacional.
- Proporcionar un servicio o beneficio diferente, o la prestación de estos de una
manera diferente a los prestados a otros en el programa.
- Exigir a las diferentes normas o condiciones como requisitos previos para servir
a las personas.
- Localización de las instalaciones de cualquier manera que pueda limitar o
impedir el acceso a un servicio o beneficio financiado por el gobierno federal.
- No hacer concesiones a la lengua o las dificultades educativas.
El empleo Oficial de Igualdad de Oportunidades es responsable de la
administración general, la coordinación, el funcionamiento y la aplicación del
programa Título VI en todas las agencias del condado y con sus sub-receptores.
Cualquier persona (s) u organización (s) la creencia de que han sido víctima de
la discriminación basada en la raza, color, u origen nacional pueden presentar
una queja ante el organismo de que se trate, o con la Oficina del Condado de
Hamilton Título VI Directora / Igualdad de Oportunidades en el Empleo .
Para mayor información sobre Título VI, favor de ponerse en contacto:
TitleVI@hamiltontn.gov